Post Actualizado en julio 25, 2013


Derechos de autor en contenidos digitales

En los 90's el Internet era la novedad y un espacio en el que todo el mundo estaba ansioso por compartir información, publicar contenidos y artículos,  los periódicos, escritores y revista se sentían felices de compartir  con los usuarios  ya que el acceso y el número de lectores se incrementaba como ahora, todos los días. […]

En los 90's el Internet era la novedad y un espacio en el que todo el mundo estaba ansioso por compartir información, publicar contenidos y artículos,  los periódicos, escritores y revista se sentían felices de compartir  con los usuarios  ya que el acceso y el número de lectores se incrementaba como ahora, todos los días.

 Pero  cuando los usuarios de Internet comenzaron a comprender  más de los  funcionamientos  y del soporte electrónico de  las redes, el acceso a la información cobro vida  y los límites cada vez empezaron a ser menores. La copia, duplicación y reutilización de los contenidos comenzaron a ser actividades ilimitadas, lo que por consecuencia trajo miedo y recelo  en los  autores y editores para continuar publicando en la red. Es verdad que  la protección del derecho de autor ha sido una condición difícil de lograr para publicar en la Web, sin embargo se ha buscado que  las leyes internacionales y nacionales han  evolucionado con el fin de proteger y defender los derechos de los autores digitales.

La forma de aplicación de la ley del derecho de autor  en la actual era digital, busca responder a las nuevas condiciones  que ha traído la evolución tecnológica, en sus diversas áreas: la desmaterialización y la compresión en nuevos formatos, así como el uso y la transmisión interactivos, tal y como lo menciona Rodolfo Herrera Bravo (2001).

El valor intelectual que tienen las publicaciones digitales, y  su influencia se ha visto reflejada en diversas  modificaciones a  la Ley Federal del Derecho de Autor, con la intención de ampliarla en el campo de lo digital, con el único fin de brindar  protección a los autores, debido al uso indiscriminado de los contenidos alojados en la red y la ausencia de herramientas o tecnologías para controlar el acceso y la reproducción.

Cuando creamos  una página web, la cual se considera  una publicación primaria de la WWW normalmente  interviene el trabajo de varios profesionales en el aspecto creativo, ellos  publican los contenidos,  hace el diseño,  determinan la distribución de texto e  imágenes  y hacen el desarrollo de  la programación con esto se  permite la interacción del usuario con la información y los servicios que presta.  En el trabajo intelectual implícito en  cuanto a la realización de una página web, sobresale la  creatividad intrínseca  en el desarrollo de contenidos y la realización de los elementos auditivos y visuales. Hay un trabajo creativo que debe ser reconocido al igual que en las publicaciones impresas.

Abordando el tema de las publicaciones que han pasado de  una versión impresa a una digital, se encuentran los libros, aquí se identifican dos acepciones: el contenido escrito, y el producto impreso.  José Manuel de Pablos (2001) lo resalta como libro-mensaje “ideado en la mente del creador” y el libro-objeto “el soporte en el que se difunde”.

Lo que se  protege  en este caso  es el libro-mensaje, mientras que el soporte (libro-objeto) es un medio para fijar lo que intelectualmente se procesa. Quiere decir  que los libros electrónicos tienen la misma protección que tienen los libros impresos.  Esto también sucede con las revistas digitales.

2007. Clara López Guzmán / Adrián Estrada Corona
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXIC